Presupuesto 2027: el Gobierno propone profundos cambios en las pensiones por discapacidad
La hoja de ruta económica trazada por el Poder Ejecutivo Nacional para el último tramo del mandato de Javier Milei ingresó al Congreso de la Nación con metas de superávit y pautas macroeconómicas que reestructuran partidas clave.

El proyecto de Ley de Presupuesto 2027 enviado a la Cámara de Diputados abrió un fuerte debate al incorporar en la «letra chica» modificaciones sustanciales en el régimen de pensiones no contributivas por invalidez y en la cobertura arancelaria del sector de Discapacidad.
Proyecciones macroeconómicas para 2027 y las metas del Ejecutivo
El documento —que ingresó con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía Luis Caputo— fijó un superávit primario de $18,44 billones (1,3% del PBI) y un resultado financiero favorable de $3,30 billones (0,2% del PBI). En este sentido, la propuesta proyecta un crecimiento económico del 4% para 2027, una inflación anual en torno al 18%, un incremento salarial promedio del 25,4% y un tipo de cambio técnico estimado en $1.847,60 para fines de ese período. De esta manera, las previsiones oficiales buscan consolidar el equilibrio fiscal y la desaceleración de precios.
El debate legislativo se anticipa complejo por los apartados vinculados a la Ley de Emergencia en Discapacidad.
Los cambios clave en pensiones, compatibilidad laboral y nomenclador
La iniciativa plantea fijar la Pensión No Contributiva por invalidez laboral en el 70% de la jubilación mínima, estableciendo una incompatibilidad estricta con la tenencia de empleo formal o la inscripción en el régimen general o simplificado (monotributo). En este marco, el proyecto altera el esquema del nomenclador arancelario, eliminando la universalidad de valores para que cada ente obligado determine sus montos, con actualizaciones trimestrales o ajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec para el ámbito nacional.
Asimismo, la norma deroga los artículos 5, 8, 9 y 14 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad N° 27.793, suprimiendo la garantía de acceso automático a programas médicos de cobertura de salud para titulares de pensiones por protección social y eliminando la equidad arancelaria unificada del Sistema de Prestaciones Básicas.
