La crisis electoral en la UNT se profundiza y la Asamblea para elegir rector podría volver a postergarse

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En un extenso escrito, los candidatos opositores Cabrera y Abdala acusaron al juez federal Díaz Martínez de «insubordinación» contra la Cámara.

La batalla judicial por el rectorado de la Universidad Nacional de Tucumán escaló esta semana a su punto más ríspido. A través de su apoderado, el abogado Manuel Gonzalo Casas, la fórmula integrada por Miguel Ángel Cabrera y Virginia Abdala presentó ante el Juzgado Federal N°2 la fundamentación de su recurso de apelación y de nulidad contra la sentencia del 27 de mayo, en la que el magistrado Guillermo Díaz Martínez rechazó por segunda vez la acción declarativa de inconstitucionalidad que impugna la candidatura del rector Sergio José Pagani a un tercer mandato consecutivo.

El escrito, de 58 páginas, no solo renueva los argumentos sobre el fondo del conflicto -la interpretación de los artículos 17 y 190 del nuevo Estatuto de la UNT- sino que eleva el tono institucional de manera significativa: acusa al juez de haber caído en una «insubordinación» contra su propia alzada al reeditar una discusión que la mayoría de la Cámara Federal ya había zanjado el 15 de mayo pasado.

El eje de ese agravio es el siguiente: cuando la Cámara Federal revocó el primer fallo de primera instancia y ordenó el reenvío del expediente, lo hizo aceptando expresamente la vía de la acción declarativa de certeza y dictando una medida cautelar. Con ese pronunciamiento, la discusión sobre la admisibilidad procesal quedaba cerrada y el juez de grado debía avocarse únicamente al fondo del asunto: si Pagani puede o no presentarse a un tercer mandato. Sin embargo, sostienen los actores, el magistrado volvió a cerrar la puerta procesal siguiendo textualmente el voto en disidencia de Mario Rodolfo Leal, que había quedado en minoría frente a los cuatro votos que respaldaron la cautelar.

Para Casas, esto no es un simple error jurídico sino una subversión de la estructura del Poder Judicial. El escrito recurre a una cita en alemán para ilustrar el punto: Das «Letzte Wort» des Richters, la última palabra judicial, no puede quedar en manos de un juez de primera instancia cuando la Cámara ya se expidió. La consecuencia práctica, señala el recurso, es que nadie sabe ya con certeza quién tiene la última palabra en la jurisdicción federal tucumana.

Más allá del agravio formal sobre la insubordinación, el escrito despliega también los argumentos sustanciales sobre por qué el Estatuto vigente prohíbe la candidatura de Pagani. La lectura es, en esencia, la misma que vienen sosteniendo desde el inicio: el artículo 17 del nuevo Estatuto fija un límite de dos mandatos consecutivos en el Rectorado, y el artículo 190 -norma transitoria incorporada luego de que la Asamblea Universitaria votara el 25 de abril de 2024 por 79 votos contra 34 en contra de habilitar un reinicio de conteo- establece que los segundos mandatos en curso vencían en la segunda quincena de mayo de 2026. Ambas normas leídas en conjunto, argumentan, descartan de plano un tercer período para quien, como Pagani, ejerció primero la vicerretoría y luego el rectorado de manera consecutiva.

En ese punto, el recurso recupera una frase del propio Pagani pronunciada en la Asamblea inmediatamente después de aquella votación: «79 a 34 ha ganado la propuesta hecha por Cabrera». También recuerda que el mismo rector había declarado públicamente en noviembre de 2024 que la norma era clara y que su ciclo culminaría al finalizar su gestión. El llamativo cambio de postura de Pagani a partir de febrero de 2026, cuando en una entrevista televisiva sugirió que el Estatuto lo habilitaría para un tercer mandato, es presentado como el punto de partida del conflicto que todavía no tiene resolución.

El recurso incluye además un ejercicio de cronología procesal para demostrar que la vía del artículo 32 de la Ley de Educación Superior -el recurso directo ante la Cámara- hubiera sido inútil sin la cautelar dictada en este expediente. Con los plazos del cronograma electoral original, la Asamblea Universitaria estaba prevista para el 20 de mayo. La resolución de la Junta Electoral que rechazó la impugnación de la fórmula Pagani llegó el 11 de mayo por la tarde. Para cuando ese expediente hubiera ingresado formalmente a la Justicia Federal, obtenido número de causa, pasado por dictamen fiscal y habilitado el informe previo que exige la Ley de Medidas Cautelares contra el Estado, la elección ya habría concluido. El juez, dicen los actores, les propone como vía idónea algo que en los tiempos reales del proceso era una trampa.

Mientras el expediente aguarda resolución en la Cámara Federal, la Universidad enfrenta una nueva encrucijada institucional. La Asamblea Universitaria convocada para elegir al nuevo rector está prevista para el miércoles 10 de junio, pero sin un pronunciamiento judicial que despeje el conflicto sobre la elegibilidad de Pagani, la realización de esa sesión luce cada vez más improbable. Para postergrarla nuevamente, el Consejo Superior debería sesionar y aprobar una nueva adecuación del cronograma electoral. Ese órgano se encuentra presidido de manera interina por la decana de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Cristina Grunauer, quien tomó la conducción tras la serie de resoluciones que alteraron el proceso electoral en las semanas previas.

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán tiene así sobre su mesa al menos dos causas conectadas: el recurso directo del expediente 8963/2026, en el que la UNT ya contestó solicitando el rechazo de las cautelares y cuestionando la vía elegida por Cabrera y Abdala, y ahora este recurso de apelación y nulidad en el expediente original 2857/2026, donde los actores piden la anulación del segundo fallo de primera instancia y solicitan que la propia Cámara asuma jurisdicción positiva y resuelva el fondo sin nuevo reenvío.

El pedido de jurisdicción positiva directa tiene una lógica que el propio escrito explicita: el juez de primera instancia ya falló dos veces en el mismo sentido, desoyendo en la segunda oportunidad la manda de la alzada. Si la Cámara volviera a reenviar, no habría garantías de un resultado diferente. Por eso, Casas solicita que, en caso de reenvío, se sortee un juez distinto al de la segunda nominación.

La cuenta regresiva institucional se acelera. Cada día que pasa sin resolución judicial es un día más en que el cronograma electoral de la UNT permanece suspendido en un limbo, la Asamblea no puede sesionar con certeza jurídica sobre quiénes pueden ser candidatos, y las autoridades interinas de la universidad administran una institución cuya conducción definitiva sigue sin resolverse. /Tendencia de Noticias

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