“La candidatura de Osvaldo Jaldo no se proscribe: la definen los tucumanos”
El oficialismo tucumano afirmó que la apelación contra la postulación del gobernador busca “alterar la voluntad popular” y remarcó que la Constitución no prohíbe su participación electoral.
El oficialismo afirmó que la acusación de “candidatura testimonial” carece de sustento, porque ninguna norma argentina prohíbe este tipo de postulaciones. La legitimidad de una candidatura la define el voto popular, no un tribunal con especulaciones.
El gobernador de Tucumán, Osvaldo Jaldo, difundió este miércoles un comunicado en el que calificó como un “intento de proscripción política” la apelación presentada contra su candidatura a diputado nacional. Según señalaron desde el oficialismo, la maniobra pretende impedir en los tribunales lo que “no se puede lograr en las urnas”.
Desde el jaldismo aseguraron que el planteo judicial es “improcedente” porque, según interpretan, el artículo 73 de la Constitución Nacional establece únicamente la incompatibilidad de ejercer en simultáneo los cargos de gobernador y diputado, pero no prohíbe que un mandatario provincial se postule a un cargo legislativo. “Forzar esa interpretación es arbitrario y antidemocrático”, subraya el comunicado.
En el plano político, también es «improcedente»: “La legitimidad de una candidatura la define el voto popular, no un tribunal con especulaciones”, insiste el jaldismo.
El documento difundido por el oficialismo provincial apeló además a la historia local: “Cada vez que se intentó proscribir, lo único que se logró fue debilitar la democracia. Hoy, ciertos sectores minoritarios vuelven a ensayar esa práctica, porque saben que el 26 de octubre los tucumanos respaldarán el modelo de gobierno que encabeza Osvaldo Jaldo”.
Finalmente, el comunicado concluye con una advertencia: “En Tucumán, las candidaturas no se proscriben: se eligen en las urnas. La justicia debe garantizar que el pueblo pueda expresarse en libertad, sin maniobras que busquen condicionar su voluntad soberana”.
