EL «OTRO CASO BELÉN»

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Absolvieron a la mujer que tuvo un parto en avalancha en el baño del hospital de Famaillá

El juez cuestionó con dureza la investigación del Ministerio Público Fiscal y consideró que no aportó las pruebas suficientes para condenarla

Absolvieron a la mujer que tuvo un parto en avalancha en el baño del hospital de Famaillá

La mujer que dio a luz sorpresivamente en el hospital Parajón Ortiz de Famaillá en noviembre de 2023 fue absuelta por el beneficio de la duda este mediodía, tras haber sido acusada de homicidio agravado por el vínculo, ya que la víctima falleció.

El juez Matías Graña cuestionó con mucha dureza la investigación del Ministerio Público Fiscal, que no aportó pruebas sobre la autoría del delito y tampoco sobre la situación de la víctima. Concretamente, la autopsia que determinó que el bebé nació con vida no fue determinante ni se basa en pruebas estándar, aseguró en su fallo graña. De esa manera, no es posible saber si se trató de un aborto espontáneo, una muerte natural o un homicidio.


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La mujer, conocida como «Eva» para resguardar su identidad, llegó al hospital con fuertes dolores abdominales. El médico que la atendió le diagnosticó lumbalgia. Durante dos horas pidió ir al baño varias veces. La última, no salió. Permaneció en el piso del lugar sin asistencia médica y allí tuvo el parto. Fue hallada una hora y media más tarde. Dos horas después, una persona de limpieza encontró al recién nacido, asegurando que estaba en el tacho de basura, dentro de una bolsa.

Sin embargo, el juez aseguró que el único indicio de que el bebé estaba en ese lugar es la declaración de esa persona, que el juez asegura «no fue claro ni creíble». A ello se suma que el lugar fue limpiado de inmediato la policía no secuestró ni el cesto ni la bolsa, por lo que no se pudo buscar ni huellas digitales ni ADN que prueben que fue Eva quien colocó al recien nacido allí. Además, los testigos ni siquiera coincidieron en el tamaño y el color del tacho, que nunca apareció.

«En ese baño, minutos antes, había habido un gran problema, un griterío, había salido una chica con otra chica que la llevaba en silla de ruedas, más la hermana», dijo el juez, quien advirtió sobre la cantidad de gente que estuvo en el lugar y que no existe prueba de que, de todos ellos, haya sido Eva quien colocó al bebé en el cesto.

Esa hipótesis, además, le parece poco probable al juez, que entendió que la situación de una emergencia obstétrica y mal medicada, haya logrado cortar el cordón, tomar al recién nacido, colocarlo en la bolsa y cerrarla para asfixiarlo.

Graña también ordenó remitir las actuaciones para que se investigue a el médico que la atendió y a la partera por la violación del secreto profesional. El magistrado consideró que ellos sí cometieron ese delito, pero solicitó que se los investigue en otro proceso para que tengan la posibilidad de defenderse.

«Las emergencias médicas no son delito», consideró la abogada de Eva, Soldedad Deza, tras escuchar la sentencia y subrayó que el fallo también es importante para que las mujeres en situaciones críticas obstétricas dejen de ser criminalizadas.


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