El gobierno de Milei actualizó el índice para calcular las jubilaciones de los trabajadores
La medida estableció un nuevo índice combinado para actualizar los salarios históricos en relación de dependencia que se utilizan para determinar el haber previsional.

El gobierno de Javier Milei estableció un nuevo índice para actualizar las remuneraciones históricas de los trabajadores en relación de dependencia que se consideran al momento de calcular determinadas prestaciones previsionales. La medida alcanzará a quienes cesen en su actividad desde el 31 de agosto de 2026 o soliciten su beneficio jubilatorio a partir del 1 de septiembre.
La decisión fue oficializada este miércoles mediante la Disposición 10/2026 de la Subsecretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, publicada en el Boletín Oficial y firmada por la subsecretaria Alexandra Biasutti.
La normativa establece el índice combinado previsto por la legislación previsional para actualizar las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia. Esos salarios actualizados forman parte de las variables que luego se utilizan para determinar el haber previsional, consignó el diario «Ámbito».
La medida no modifica el mecanismo de movilidad mensual de las jubilaciones que ya fueron otorgadas. Se trata de una actualización de los salarios históricos que se toman en cuenta para el cálculo de determinados beneficios previsionales.
Cómo se calcula el nuevo índice
El mecanismo surge de la Ley 27.609, que modificó la Ley 26.417 y estableció un índice combinado para realizar la actualización trimestral de las remuneraciones contempladas en los artículos 24 y 97 de la Ley 24.241.
Para elaborar el indicador se combinan dos componentes establecidos por la legislación previsional, uno de ellos vinculado a la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
El Ripte mide la evolución de los salarios sujetos a aportes de los trabajadores registrados y estables. En términos simples, funciona como un indicador de la evolución de los salarios formales y se construye a partir de las remuneraciones imponibles, es decir, aquellas sobre las que se realizan aportes al sistema de seguridad social, de trabajadores con determinada continuidad laboral.
La metodología fue reglamentada mediante el Decreto 104/2021, que estableció que el organismo encargado de la Seguridad Social debe elaborar y publicar trimestralmente el índice combinado, junto con la metodología utilizada para su confección.
Posteriormente, la Resolución 3/2021 aprobó formalmente la metodología para elaborar el indicador.
Ahora, la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social confeccionó el índice correspondiente al nuevo período, que quedó incorporado como anexo de la disposición publicada este miércoles.
A quiénes alcanza la actualización
La normativa establece que el nuevo índice deberá utilizarse para actualizar las remuneraciones mensuales de los trabajadores en relación de dependencia que cesen a partir del 31 de agosto de 2026 o que soliciten su beneficio previsional desde el 1 de septiembre.
De esta manera, el indicador permite llevar los salarios históricos considerados para el cálculo previsional a valores actualizados, de acuerdo con la metodología establecida por la normativa vigente.
El artículo 1° de la disposición formaliza la aplicación del nuevo índice y establece que forma parte de la norma como anexo.
Finalmente, la administración libertaria determinó que la disposición entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, realizada este miércoles 12 de agosto.
