El Gobierno autorizó que sean derribadas aeronaves “hostiles” durante la visita del Papa León XIV

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El Decreto 1334/2026 fue publicado por el Gobierno en el Boletín Oficial y la autorización tiene vigencia en la visita del Sumo Pontífice

El Gobierno de la Nación, a través del Ministerio de Defensa, firmó el Decreto 1334/2026 que amplía las “Reglas de Protección Aeroespacial”, que fueron aprobadas en el año 2016 para las zonas de operaciones restringidas TMA BAIRES y TMA CBA, en la provincia de Buenos Aires y Córdoba, respectivamente.

La publicación oficial cita el “Expediente N° EX-2026-106204107-APN-SSPEYPM#MD», considerando “lo dispuesto por las Leyes Nros. 23.554 y su modificatoria, 24.059 y sus modificaciones y los Decretos Nros. 228 del 21 de enero de 2016 y sus modificatorios y 1103 del 25 de septiembre de 2026″.

Qué dice el decreto del Gobierno sobre las Reglas de Protección Aeroespacial

“Que durante los días 8 al 11 de noviembre de 2026 tendrá lugar la visita del papa León XIV a nuestro país, la que abarcará distintos eventos a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, y finalmente, en la Ciudad de Luján, provincia de Buenos Aires”, comienza el documento.

“Que a los citados eventos concurrirán numerosas autoridades nacionales y extranjeras y los mismos implicarán la congregación masiva de ciudadanos” y “que ello impone la necesidad de adoptar especiales medidas para preservar los intereses vitales fijados por la Ley de Defensa Nacional N” 23.554 y su modificatoria», justifica sobre la autorización de derribo.

En esa línea, indica que “para un adecuado ejercicio de la disuasión, resulta necesario ampliar las Reglas de Protección Aeroespacial (RPA) a observar en las ZONAS DE OPERACIONES RESTRINGIDAS TMA BAIRES y TMA CBA para garantizar la protección de los intereses nacionales y objetivos de valor estratégico en y desde dicho ámbito”.

Y agrega que se llevará a cabo “adecuando las atribuciones y limitaciones a la libertad de acción en el empleo del Instrumento Militar, regulando la intensidad y modalidad en el uso de la fuerza ante las distintas situaciones que se presenten”.

“Su modificatoria tiene por finalidad enfrentar las agresiones de origen externo, por lo que las situaciones que involucren aeronaves de origen interno quedan regidas por la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y sus modificaciones, que admite el empleo de elementos de combate de las Fuerzas Armadas solo en forma excepcional y previa declaración del estado de sitio, en los términos de sus artículos 31 y 32″. 

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