El fallo que desarmó una causa espejo y frenó la persecución judicial contra una madre en Tucumán

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La jueza Valeria Mibelli absolvió a Mariana Villagra en una causa penal por calumnias iniciada por su ex-pareja, C.L. La denuncia en contra de Villagra se basaba en un error en la fecha de un escrito judicial, el cual fue interpretado por la querella como una falsa acusación.

Origen del conflicto y medidas de restricción

En 2022, Villagra finalizó la relación de pareja con C.L. Tras denunciar situaciones de hostigamiento que la afectaban a ella y la hija menor de ambos, en marzo de 2023 la Unidad Fiscal dictó una medida de restricción de acercamiento contra C.L.

El 17 de mayo de 2023, la niñera de la menor denunció en la sede policial que C.L. se presentó en el lugar violando la orden de restricción. El abogado de Villagra presentó una denuncia paralela por el mismo hecho, pero cometió un error de tipeo en el documento al escribir el mes de «marzo» en lugar de «mayo».

Procesos judiciales cruzados

C.L. utilizó el error de la fecha para demostrar que en el mes de marzo se encontraba en Estados Unidos y demandó a Villagra por calumnias en el fuero penal y por daños y perjuicios en el fuero civil. Por su parte, la fiscalía no citó a la denunciante para aclarar la contradicción de las fechas.

A pesar de que Villagra rectificó el error, el juez Gonzalo Ortega resolvió elevar la causa a juicio oral.

Argumentos de las partes y resolución del juicio

Durante el proceso:

 La querella (C.L.): Representada por los abogados Camilo Atim y Florencia Abdala, basó su estrategia en las contradicciones formales del escrito de denuncia.

 La defensa (Villagra): Liderada por Franco Venditti y Patricia Neme, argumentó la ausencia de dolo (intención de mentir) y solicitó la aplicación de estándares internacionales de debida diligencia en contextos de género.

 Al dictar la absolución, la jueza Valeria Mibelli dictaminó: “Entiendo que no se ha logrado despejar ni acreditar con certeza apodíctica que el hecho no hubiera existido y por ende que la denuncia sea objetivamente falsa.”

El fallo judicial concluyó que el hecho denunciado sí ocurrió, que existió una violación de la restricción de acercamiento y que el proceso penal posterior constituyó una extensión del conflicto familiar por vías institucionales.

Estadísticas sobre denuncias falsas

Respecto al argumento de las falsas denuncias en casos de violencia de género, datos del Consejo Federal de Política Criminal indican que menos del 1% de las presentaciones globales corresponden a acusaciones falsas. Asimismo, los organismos especializados señalan que solo una de cada cuatro mujeres que atraviesa estas situaciones formaliza una denuncia judicial.

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