ANMAT prohibió un insecticida, implantes quirúrgicos y un purificador de agua tras detectar graves irregularidades

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país la venta, el uso, la distribución y la publicidad de un insecticida doméstico sin registro, productos quirúrgicos presuntamente falsificados y un equipo de ósmosis inversa no autorizado.
Las medidas fueron publicadas este viernes en el Boletín Oficial mediante tres disposiciones que alcanzan a firmas vinculadas con Buenos Aires, Santa Fe y Salta. Los productos no podrán comercializarse por canales físicos ni digitales mientras persistan las irregularidades detectadas.
El primero de los casos corresponde al insecticida líquido concentrado “Asesino X”, elaborado por una empresa radicada en Ituzaingó, provincia de Buenos Aires.
La investigación comenzó después de que la Coordinación Regional de Inocuidad Salta-Jujuy del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) alertara sobre su comercialización en Salvador Mazza.
Al consultar sus registros, la ANMAT comprobó que el insecticida no estaba inscripto como producto domisanitario.
Representantes de la empresa fueron convocados para dar explicaciones y reconocieron el remito correspondiente a la venta. Sin embargo, intentaron encuadrar el producto dentro de la categoría veterinaria.
El organismo rechazó ese argumento porque el insecticida está destinado a su aplicación sobre superficies inanimadas y no sobre animales, según explicó en el texto oficial firmado por el administrador Luis Fontana.
A través de la Disposición 4812/2026, la ANMAT prohibió el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de todos los lotes de “Asesino X” en el territorio nacional.
También ordenó iniciar un sumario sanitario contra la firma elaboradora y su directora técnica para determinar las responsabilidades correspondientes.
La segunda intervención se originó durante una inspección del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización en el depósito de una ortopedia de Santa Fe.
Los agentes encontraron tres modelos de puntas de shaver marca Smith & Nephew que no incluían datos de un importador registrado ni el número de inscripción sanitaria exigido en la Argentina.
En el mismo establecimiento se detectaron tornillos de interferencia y arpones identificados con la denominación “Vikingo”, sin ningún tipo de habilitación.
Los inspectores hallaron además un dispositivo Biomet con doble rotulado. Debajo de una etiqueta que mostraba una fecha de vencimiento vigente había otra correspondiente a un arpón vencido.
La empresa encargada de los productos Biomet informó que no había comercializado el lote examinado. A partir de esa respuesta, la ANMAT concluyó que el artículo era falsificado.
Otra compañía verificó que uno de los arpones encontrados en el local correspondía a un lote original de su propiedad, pero determinó que había sido manipulado por personas ajenas a la firma.
La Disposición 4888/2026 prohibió en todo el país el uso, la distribución y la comercialización de los productos intervenidos.
La autoridad sanitaria ordenó también retirar del mercado el lote afectado, presentar una denuncia penal y publicar una alerta para advertir a establecimientos, profesionales y usuarios.
El tercer procedimiento alcanzó a una empresa distribuidora de agua potable con sede en La Plata, que ofrecía en su sitio web y otras plataformas de comercio electrónico un equipo de ósmosis inversa denominado “Hidrolit Romi 100”.
La compañía promocionaba el dispositivo como un sistema destinado a tratar agua de pozo con altos niveles de salinidad.
Tras recibir una denuncia, la ANMAT comprobó que el producto no tenía registro sanitario. La empresa sí contaba con habilitación como elaboradora y fraccionadora de dispositivos para acondicionar agua de red, pero esa autorización no comprendía al equipo ofrecido.
Mediante la Disposición 4932/2026, el organismo prohibió la venta, el uso, la distribución y la publicidad de “Hidrolit Romi 100” en todo el país, incluidas las plataformas digitales.
La restricción permanecerá vigente hasta que la firma tramite y obtenga la inscripción correspondiente. También se inició un sumario sanitario contra la compañía y la persona responsable de su dirección técnica.
El antecedente más reciente de esa empresa se remonta a 2019, cuando las autoridades impidieron la comercialización de una botella de hidratación que tampoco contaba con registro de la ANMAT. Aquella medida también fue difundida mediante el Boletín Oficial.
